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Estatutos de la asociación

ARTÍCULO 1 - DENOMINACIÓN


Entre los miembros que se adhieren a los presentes estatutos, se fundamenta una asociación regida por la ley de 1 de julio de 1901 y el decreto de 16 de agosto de 1901, bajo el título: *Centipede-RTK*, abreviado como *CRTK*.



ARTÍCULO 2 - FINES / OBJETIVOS


Esta asociación científica y colaborativa tiene como objetivos:

  • Investigar, desarrollar, probar, optimizar, documentar y publicar software y soluciones de licencia libre que permitan la explotación de la tecnología RTK;

  • Promover y apoyar la investigación científica en el desarrollo y uso de tecnologías GNSS (Global Navigation Satellite System) bajo licencias libres, colaborando estrechamente con organizaciones humanitarias, instituciones gubernamentales, universidades y organismos y laboratorios de investigación para maximizar el impacto y la accesibilidad de estas tecnologías;

  • Realizar estudios y difundir tecnologías destinadas a mejorar la precisión de las mediciones de geoposicionamiento por satélite adoptando un enfoque de "bienes comunes geográficos" que considere estas tecnologías como recursos científicos compartidos que deben preservarse, enriquecerse y compartirse ampliamente;

  • Facilitar el acceso libre y global a la tecnología RTK garantizando que pueda desplegarse en todo el mundo, incluidos los países en desarrollo, con una perspectiva de acceso equitativo al progreso científico y tecnológico;

  • Servir al interés público contribuyendo a los avances científicos y tecnológicos en GNSS y RTK, fomentando así la innovación en diversos sectores, incluida la agricultura, al tiempo que se fortalece el vínculo entre la investigación fundamental y las aplicaciones prácticas.



ARTÍCULO 3 - DOMICILIO SOCIAL


El domicilio social se establece en [redacted for privacy], Francia. Podrá ser trasladado por simple decisión de la junta directiva.



ARTÍCULO 4 - DURACIÓN


La duración de la asociación es ilimitada.



ARTÍCULO 5 - COMPOSICIÓN


La asociación se compone de miembros fundadores, miembros honorarios y miembros activos.

Los "miembros fundadores" son las personas que participaron en la creación de la asociación, a saber:

  • Sr. Stéphane Péneau

  • Sr. Philippe Bourcier

  • Sr. Raphaël Boukris


No están exentos de la cuota anual de membresía. Son elegibles y tienen derecho a participar en todas las reuniones con derecho a voto.

Los "miembros honorarios" son aquellos que participaron en la creación de la asociación o realizaron contribuciones significativas a sus proyectos pero no tienen funciones ejecutivas, a saber:

  • Sr. [redacted for privacy]

  • Sr. Pierre Beyssac

  • Sr. [redacted for privacy]

Están exentos de la cuota anual de membresía. No son elegibles pero pueden asistir a las reuniones con voto consultivo (no pueden participar en las votaciones). Son nombrados de por vida por decisión unánime de la junta directiva. Pueden suspender o terminar su membresía/nombramiento en cualquier momento notificándolo a la junta.


Los "miembros activos" son personas físicas o jurídicas. Pagan la cuota anual establecida por la junta directiva. Son elegibles para la junta y tienen derecho a participar en todas las reuniones con derecho a voto.


Se podrán añadir miembros honorarios y otras categorías de membresía como donantes o benefactores (empresas, centros de investigación, por ejemplo), con o sin derecho a voto, por simple decisión de la junta directiva.



ARTÍCULO 6 - AFILIACIÓN


Toda nueva incorporación a la asociación está sujeta a la aprobación de dos tercios de los miembros de la junta directiva. La afiliación o participación financiera a través de plataformas especializadas en línea u otros medios permite la solicitud como miembro activo sin ninguna condición o distinción. Las solicitudes rechazadas serán comunicadas a los interesados por la junta directiva.



ARTÍCULO 7 - DERECHOS Y DEBERES DE LOS MIEMBROS


Los miembros activos tienen derecho a participar en las actividades de la asociación, votar y presentarse a las elecciones siempre que estén al corriente de su cuota de membresía. También están obligados a cumplir con los estatutos de la asociación.



ARTÍCULO 8 - SUSPENSIÓN, EXCLUSIÓN Y ELIMINACIÓN PERMANENTE DE MIEMBROS


Cualquier miembro que incumpla sus obligaciones para con la asociación o dañe su imagen podrá ser suspendido, excluido o eliminado permanentemente por la junta directiva tras ser instado a dar explicaciones. La decisión se notificará por correo electrónico con acuse de recibo. En estos casos no se reembolsará ninguna cuota de membresía.



ARTÍCULO 9 - RENUNCIA


Cualquier miembro puede renunciar por cualquier medio, incluido el envío de un correo electrónico a un miembro de la junta directiva o por no renovar su membresía en su aniversario. La renuncia surte efecto tras la recepción de la solicitud por parte de la junta, y no se reembolsará ninguna cuota de membresía.



ARTÍCULO 10 - CUOTAS DE MEMBRESÍA


Los miembros activos son aquellos que están al corriente de sus cuotas de membresía. La cuota del primer año se establece en 10 €. Este importe podrá ser modificado en cada asamblea general. Las cuotas se registrarán en las actas de la Asamblea General y se publicarán en el sitio web de la asociación a través de su plataforma de membresía.



ARTÍCULO 11 - RECURSOS


Los recursos de la asociación incluyen:

  1. Cuotas de membresía;

  2. Donaciones de particulares, empresas, asociaciones y fundaciones;

  3. Subvenciones gubernamentales, regionales y municipales;

  4. Cualquier otro recurso permitido por las leyes y reglamentos vigentes.



ARTÍCULO 12 - ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA


La asamblea general ordinaria incluye a todos los miembros de la asociación. Se reúne anualmente. Al menos diez días antes de la fecha prevista, se notifica a los miembros por correo electrónico. El presidente, asistido por la junta directiva, preside la asamblea y presenta el informe moral o de actividad de la asociación. El tesorero informa sobre la gestión financiera y somete las cuentas anuales a aprobación. La asamblea establece el importe de las cuotas de membresía. Solo se podrán discutir los puntos del orden del día decididos por la junta. Las decisiones se toman por mayoría de votos de los miembros presentes o representados con derecho a voto. Las abstenciones, los votos en blanco o nulos no se computan en el cálculo de la mayoría. El voto del presidente tiene calidad de voto de calidad en caso de empate.



ARTÍCULO 13 - ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA


El presidente podrá convocar una asamblea general extraordinaria si fuera necesario o a petición de más de la mitad de los miembros registrados. La reunión se celebra siguiendo las mismas reglas que la asamblea general ordinaria, con decisiones limitadas a modificaciones de estatutos o disolución.



ARTÍCULO 14 - JUNTA DIRECTIVA


La asociación está gestionada por una junta directiva de tres miembros elegidos por dos años por la asamblea general, con reelección ilimitada. La junta podrá reunirse según sea necesario. La junta está compuesta por un presidente, un secretario y un tesorero.

Tras su formación, la junta estará compuesta por las siguientes personas:

  • Presidente: Sr. Stéphane Péneau

  • Secretario y Vicepresidente: Sr. Philippe Bourcier

  • Tesorero y Vicepresidente: Sr. Raphaël Boukris



ARTÍCULO 15 - COMPENSACIÓN


Todas las funciones, incluidas las de los miembros de la junta directiva, son voluntarias. Solo se reembolsan los gastos incurridos durante el mandato previa presentación de recibos. El informe financiero presentado a la asamblea general detalla el reembolso de los gastos de misión, viaje o representación.



ARTÍCULO 16 - DISOLUCIÓN


En caso de disolución, se nombra a un liquidador y los activos restantes se asignan a una organización sin ánimo de lucro dedicada a promover la tecnología RTK. Ningún miembro de la asociación puede recibir parte alguna de los activos restantes.



ARTÍCULO 17 - LIBERALIDADES


La asociación podrá recibir donaciones o legados, que el presidente está autorizado a aceptar, cumpliendo con las disposiciones legales.



ARTÍCULO 18 - GESTIÓN ADMINISTRATIVA


Anualmente se publica un informe, incluidas las cuentas, en el sitio web de la asociación.



ARTÍCULO 19 - REGLAMENTO INTERNO


Podrá adoptarse un reglamento interno para abordar aspectos no cubiertos por los estatutos.


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